Este jueves se ha aprobado en el Pleno Municipal la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Urbano, con una filosofía nueva respecto a la anterior, ya que pone el acento en la protección del espacio urbano y no el foco de la sospecha en la gente. Creemos que es una buena combinación para proteger el patrimonio de la ciudad, nuestros bienes comunes, sin coartar algo más importante, como son los derechos fundamentales de sus habitantes. Pero si quieres saber algo más de esta nueva norma sigue leyendo.
Con esta ordenanza… ¿se prohíben cosas?
Claro, porque lo que pretende es proteger nuestro patrimonio común, los bienes que forman parte de la ciudad y que nos pertenecen y hemos de cuidar sus habitantes. Por eso, nadie puede hacer hogueras en un parque, romper una papelera, aparcar en la acera, arrancar un árbol, estropear un banco… Cosas bastante razonables, ¿no?
Ya, pero… ¿criminaliza a ciertos ‘individuos o colectivos minoritarios’ por atentar contra el orden cívico?
Para empezar, desaparece de su redacción esa terminología porque, de hecho, gracias a la labor de colectivos ciudadanos ha quedado garantizada en esta nueva ordenanza la libertad de expresión y de reunión. Y, lo más importante, cambia su filosofía, al poner el acento en la protección del espacio urbano y no el foco de la sospecha en la gente.
¿Y qué más tiene de novedoso?
Pues que todo lo relacionado con el uso del espacio público dependerá de la Concejalía de Seguridad, de modo que se simplifica la consulta y los trámites. Si alguien arranca un árbol en tu calle y quieres ponerlo en conocimiento de quien corresponda, la denuncia llegará directamente a la Policía Local y así no se satura, en este caso, el Servicio de Parques y Jardines con expedientes administrativos.
Entonces… ¿qué se puede hacer en el espacio público?
Gran cantidad de cosas porque, además, la nueva ordenanza incentiva hábitos comunitarios: desde el ajardinamiento de alcorques por implicación vecinal, pasando por el apoyo a las actividades de organizaciones sociales alrededor de espacios verdes, o la sustitución de multas por trabajos con ONGs en pro de la comunidad.
¿Y se podrán pintar murales en la calle?
¡Por supuesto! Pero previa autorización del dueño de la pared, porque a nadie nos gusta que nos pinten la casa sin permiso. Así que, como cualquier actividad que se hace en el espacio público, espacio común, deberá contar con una licencia o, y esto es novedad, una ‘declaración urbanística responsable’ que prescinde de la licencia y, por tanto, facilitará la tramitación a quien lo solicite.
¿Se podrá repartir información social o política?
¡Claro! Y no solo eso: la nueva ordenanza prevé la disposición de elementos informativos en los barrios para que los colectivos puedan informar de sus actividades o demandas a la ciudadanía de una forma más directa. Y se limita a regular exclusivamente la publicidad comercial.
¿Se podrá ir en bañador por la calle?
Si es lo que te pide el cuerpo, adelante: esta ordenanza no hace referencia alguna a la vestimenta, faltaría más, así que puedes salir a la calle como te plazca.
¿Y se podrá hacer una acampada reivindicativa en Fuente Dorada?
En Fuente Dorada o en cualquier otro espacio de la ciudad. Y también se podrá disentir, expresar, hacer sentadas, reunirse, reivindicar, etc., como vienen haciendo los movimientos sociales de nuestra ciudad. El espacio público debe seguir siendo el lugar de expresión de los derechos fundamentales, tal y como lo recoge la Constitución.
¿Se dice algo sobre la mendicidad?
Nada de nada. Las personas que atraviesan situaciones complicadas y que, eventualmente, se encuentran en la calle merecen atención desde políticas sociales. Una ordenanza de protección del medio ambiente urbano sí que contempla la seguridad de las personas y, por ejemplo, no permite la venta de productos en semáforos a vehículos en marcha.