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¿Puede ser avalista un suplente de la Junta Electoral?

«El pasado 18 de enero me eligieron suplente de la Junta Electoral, ¿puedo avalar candidaturas?»

 

Entendemos que la imparcialidad de la Junta Electoral queda mejor salvaguardada si ninguno de sus integrantes avala a ninguna candidatura (ni de cabeza de lista ni de integrante de lista). Esto alcanza a los suplentes, puesto que, en cualquier momento, podría darse una circunstancia que le hiciese formar parte del grupo ‘titular’.

Por consiguiente, no computaremos como aval válido el que haya otorgado un integrante de la Junta Electoral, y tampoco el de los suplentes.

Pero sí podrás inscribirte en el censo y votar en las elecciones.

 

– La Junta Electoral –