Lo público se hace valer: nueva sentencia favorable a la remunicipalización del agua

 

  • Se trata de la cuarta decisión judicial que avala el proceso que devolvió a manos públicas el servicio en julio de 2017

Lo público se hace valer, una vez más, aunque sea por medio de la Justicia. Una sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de Valladolid ha avalado este jueves por cuarta vez consecutiva el proceso de municipalización del agua que devolvió a manos del Ayuntamiento vallisoletano el servicio en julio de 2017.

El fallo responde a un recurso interpuesto por la anterior concesionaria, Aguas de Valladolid, y, según explicó la concejala de Medio Ambiente y Sostenibilidad, María Sánchez, “viene a decir lo mismo que señaló el juez en la sentencia conocida a raíz del recurso interpuesto por el Ministerio de Hacienda que pretendía paralizar los planes de municipalización y anular la creación de la entidad pública empresarial AquaVall”.

La actual sentencia utiliza argumentos “más profusos, incluso, que la anterior”, defendiendo la autonomía municipal ante un servicio obligatorio, de forma que no encuentra argumentos para que un Ayuntamiento no pueda revertir un servicio de este tipo para gestionarlo directamente, y habla además del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, que defiende el derecho de los trabajadores a ser subrogados por el Ayuntamiento.

El fallo avala también la Memoria Justificativa de diciembre de 2016 que justifica que esta es la forma más “eficiente y sostenible” de garantizar el servicio, y cumple el principio de estabilidad presupuestaria.

El juzgado entra también en el debate de la tasa, que cuando se constituyó, cumplía la normativa, antes de la actual Ley de Contratos, que la modificó para que los operarios privados pudieran cobrar ese precio y “blindar así las privatizaciones”, señaló Sánchez.

Por último, la sentencia habla de la sectorización de la EPEL, que cuenta con autonomía, de modo que reconoce el derecho del Ayuntamiento a constituir una entidad pública que no computa en el techo de gasto del Consistorio y puede dedicar su superávit a nuevas inversiones, sin estar obligada a destinar sus ahorros a amortización de deuda.

Sánchez concluyó que es “una buenísima noticia no sólo para el Ayuntamiento de Valladolid sino para la autonomía municipal en todo el Estado”.

Este fallo viene a sumarse a otras tres decisiones judiciales previas, dos de las cuales rechazaron la petición de medidas cautelares que paralizaran el proceso antes de julio de 2017 y una tercera, la dictada a raíz del recurso interpuesto por el Ministerio de Hacienda a través del abogado del Estado, -que entró en el fondo del asunto con argumentos similares a esta que ahora rechaza las pretensiones de Aguas de Valladolid-, y que ya es firme, puesto que no fue recurrida por el Gobierno de España.